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Epígrafe IAE 844: Publicidad y Marketing

25/03/2022

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El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un tributo fundamental en el sistema fiscal español que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales y artísticas. Estar correctamente clasificado dentro del IAE es crucial para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar posibles problemas con la Agencia Tributaria. Dentro de este complejo sistema de clasificación, el Epígrafe 844 juega un papel central para un amplio sector de profesionales y empresas dedicadas a la publicidad, el marketing y otros servicios relacionados.

¿Cómo puedo saber cuál es mi epigrafe?
1️⃣ Consultar tu IAE en la Agencia Tributaria Ve a la sección "Mis datos censales". Haz clic en "Consultar/modificar mis datos censales". Accede a "Mis actividades económicas". Verás una tabla: en la columna "Epígrafe" encontrarás el IAE de cada actividad en la que estés dado/a de alta.

Este epígrafe, en particular, se enfoca en aquellas actividades que giran en torno a la promoción, difusión y comunicación de productos, servicios o ideas en nombre de terceros. Comprender qué actividades abarca y cuáles son sus implicaciones fiscales es esencial para quienes operan en este dinámico sector.

Índice de Contenido

¿Qué Actividades Específicas Abarca el Epígrafe 844?

El Epígrafe 844 es bastante amplio y busca englobar una gran diversidad de servicios dentro del ámbito de la publicidad y las relaciones públicas. Según la información proporcionada, este epígrafe cubre la prestación de servicios de publicidad a través de una multitud de medios, tanto tradicionales como digitales. Esto incluye la emisión de anuncios, la creación de carteles, folletos, películas publicitarias, y su difusión a través de prensa, radio, televisión, publicidad aérea, y un largo etcétera de "otros medios".

Se clasifican aquí las agencias o empresas de publicidad que se encargan tanto de la creación (el diseño y desarrollo de la campaña) como de la difusión (la gestión de su aparición en los medios) de anuncios o campañas. Esto no se limita solo a la publicidad comercial, sino que también abarca la propaganda electoral, la comunicación institucional o pública, y la gestión de la imagen corporativa de entidades o personas.

Además de las agencias tradicionales, el epígrafe incluye otras modalidades de empresas de publicidad. Esto comprende a los exclusivistas de medios publicitarios (aquellos que tienen los derechos exclusivos para vender espacio publicitario en determinados medios), las empresas de publicidad exterior (vallas, mupis, etc.), la publicidad directa y el marketing directo (buzoneo, email marketing, telemarketing), las distribuidoras y centrales de compras de medios, y los estudios dedicados exclusivamente al diseño y producción de material publicitario.

Pero el alcance del Epígrafe 844 va más allá de la publicidad en su sentido más estricto. También se encuadran en este grupo las empresas dedicadas a las relaciones públicas (gestión de la comunicación y reputación), la promoción de ventas publicitarias (estrategias para incentivar la compra), los regalos y reclamos publicitarios (merchandising), y, en general, "cualquier servicio independiente de publicidad". Esta última frase es clave, ya que abre la puerta a incluir actividades novedosas que no encajan perfectamente en las categorías tradicionales, siempre que su finalidad principal sea la promoción o comunicación para terceros.

La información proporcionada detalla ejemplos muy concretos y actuales de actividades que deben ser incluidas en este epígrafe, demostrando su adaptación al entorno digital:

  • Emitir publicidad para diferentes empresas a través de una página Web: Claramente orientado a la publicidad online, incluyendo banners, anuncios contextuales, etc., gestionados desde una plataforma web propia.
  • Crear una página web que funciona como buscador cobrando a las empresas que figuran en sus bases de datos y que se publicitan: Esto describe modelos de negocio como directorios online o comparadores donde la monetización proviene de la promoción destacada de los negocios listados.
  • Crear una página web ofreciendo hacer la reserva en hoteles sin que ellos cobren al cliente y ofrece poner en contacto a clientes con guías turísticos para hacer visitas culturales: Aunque parece intermediación, si el ingreso proviene de comisiones o pagos de los hoteles/guías por aparecer o por las reservas/contactos generados (es decir, por un servicio de promoción o captación de clientes), se considera publicidad o marketing.
  • Vender al por mayor de productos que diseña si el valor del material sobre el que se realiza el diseño es nulo o muy escaso como papel o cartón: Este punto es interesante. Clasifica aquí la venta de productos (como folletos, carteles, packaging de diseño) donde el valor principal reside en el diseño gráfico o creativo, no en el material físico. Si el material tiene un valor significativo, la actividad de venta al por mayor de ese material podría clasificarse en otro epígrafe, tributando por ambas.
  • Organizar, gestionar y mantener foros en Internet financiados con publicidad: Un modelo de negocio digital basado en generar una comunidad y monetizarla mediante la venta de espacios publicitarios dentro del foro.
  • Explotar en Internet vía web (on-line) de noticias, sucesos y acontecimientos llevando a cabo toda la gestión, mantenimiento, publicidad, actualización de páginas web: Esto podría referirse a medios de comunicación online o portales temáticos cuyo ingreso principal proviene de la publicidad insertada en sus páginas.
  • Marketing, realizar campañas para difundir y promocionar diferentes productos: Una definición amplia que abarca diversas estrategias de marketing y comunicación comercial.
  • Promocionar discos, salas de fiestas, pubs, discotecas donde se da publicidad para dar a conocer tales artículos, espectáculos o locales: Actividades de promoción específicas para el sector del entretenimiento y la cultura.
  • Producir retratos fotográficos y la producción de fotografías comerciales: La fotografía comercial, utilizada habitualmente con fines publicitarios o de marketing, se incluye aquí.
  • Difundir publicidad en un canal en youtube: Un claro ejemplo de adaptación al entorno digital, incluyendo la monetización de contenido a través de publicidad en plataformas de video.
  • Ofrecer publicidad por agencias de viaje: Esto parece referirse a la venta de espacios o servicios publicitarios ofrecidos *a* agencias de viaje, o quizás a servicios publicitarios *prestados por* agencias de viaje si no es su actividad principal. Dada la descripción general del epígrafe, lo más probable es lo primero: una empresa que presta servicios publicitarios a agencias de viaje.
  • Cesión del uso de pantallas a terceros con fines publicitarios: Esto se refiere a la publicidad digital exterior o en puntos de venta, donde se alquila o cede un espacio en una pantalla para que terceros muestren sus anuncios.

Como se puede observar, el Epígrafe 844 es un cajón de sastre para muchas actividades de promoción y comunicación, especialmente aquellas que tienen un componente digital importante. Es fundamental analizar bien la fuente principal de ingresos y el tipo de servicio prestado para determinar si una actividad concreta encaja aquí.

Tarifas del Epígrafe 844 según Tamaño de Empresa

El IAE, para ciertos epígrafes como el 844, establece cuotas que varían en función de ciertos parámetros. En el caso del Epígrafe 844, la cuota está ligada al número de trabajadores de la empresa. Esto es un factor clave a considerar, ya que el importe a pagar puede ser significativamente diferente según el tamaño de la plantilla. Las tarifas proporcionadas son las siguientes:

Tamaño de Empresa (Nº de trabajadores)Cuota Anual (Euros)
Hasta 10 trabajadores180,39
De 11 a 30 trabajadores367,01
De 31 a 50 trabajadores653,15
De 51 a 100 trabajadores1.331,18
Más de 100 trabajadores1.785,28

Es importante recordar que estas son las cuotas del IAE. La tributación final de una empresa o autónomo también dependerá de otros impuestos como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto sobre Sociedades (IS), así como del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

¿Cómo Saber Cuál es mi Epígrafe IAE?

Identificar correctamente tu epígrafe de actividad económica es un paso inicial indispensable al iniciar una actividad profesional o empresarial. Es el código que te identifica ante Hacienda y determina, entre otras cosas, tus obligaciones censales y fiscales. Afortunadamente, existen formas sencillas de consultar cuál es tu epígrafe asignado.

La fuente más fiable y directa para conocer tu epígrafe IAE es la Agencia Tributaria. Puedes consultarlo de forma online si ya estás dado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Los pasos a seguir son:

  1. Acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Identificarte utilizando tu certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia.
  3. Navegar hasta el área personal o sección de "Mis datos censales".
  4. Buscar la opción que te permita "Consultar/modificar mis datos censales".
  5. Dentro de esta sección, encontrarás un apartado dedicado a "Mis actividades económicas".

En este último paso, verás una tabla que lista las actividades en las que estás dado de alta. En la columna etiquetada como "Epígrafe" encontrarás el código numérico que corresponde a cada una de tus actividades. Es posible, y de hecho habitual para muchos profesionales y empresarios, estar dado de alta en varios epígrafes si realizas diferentes tipos de actividades económicas.

La otra forma de consultar tu epígrafe es revisando la documentación que presentaste al darte de alta o al modificar tus datos censales. Esto se realiza habitualmente a través de los modelos 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores - Declaración de inicio, modificación o cese de actividad) o 037 (Declaración censal simplificada). Si guardas una copia de estos modelos, solo tienes que abrir el más reciente y buscar la casilla número 402, que está específicamente destinada a indicar el "Grupo o epígrafe/sección I.A.E." en el que te has clasificado.

Consultar tu epígrafe es un trámite rápido y necesario para asegurar que estás operando legalmente y cumpliendo con tus obligaciones fiscales de acuerdo a la actividad que realmente desarrollas.

Comprendiendo el Alcance: 844 frente a Otros Epígrafes (722, 507)

Aunque el foco principal de este artículo es el Epígrafe 844, puede ser útil contrastarlo brevemente con otros epígrafes para entender mejor su naturaleza y alcance. La clasificación del IAE busca categorizar las actividades económicas de la manera más precisa posible, asignando códigos distintos a sectores completamente diferentes.

¿Qué incluye el epigrafe 722?
Agencia Tributaria: Epígrafe IAE: 722 - Transporte de mercancías por carretera.

Por ejemplo, la información proporcionada menciona el Epígrafe 722. Aunque no se detalla exhaustivamente, la nota asociada indica que este epígrafe está relacionado con el transporte. Específicamente, señala que el rendimiento neto incluye actividades auxiliares y complementarias del transporte como agencias de transportes, depósitos y almacenamiento de mercancías, siempre que sean accesorias a la actividad principal de transporte. Esto lo distingue radicalmente del 844, que se centra en servicios de comunicación y promoción.

Otro epígrafe mencionado es el 507. La descripción de este epígrafe lo sitúa firmemente en el sector de la "Construcción". Las actividades listadas son la realización de instalaciones eléctricas de alta tensión, fontanería, calefacción, aire acondicionado, sistemas de seguridad, reparación y refuerzo de estructuras, montaje de escenarios, etc. La nota indica explícitamente que este grupo "faculta para ejercer todas las actividades clasificadas en la División 5 'Construcción'". Nuevamente, es un sector completamente ajeno a la publicidad y el marketing.

La comparación con epígrafes como el 722 (Transporte) o el 507 (Construcción) subraya que el Epígrafe 844 está diseñado específicamente para englobar actividades de servicios, particularmente aquellas relacionadas con la comunicación, la promoción y la difusión de información con fines comerciales, institucionales o de relaciones públicas. No se relaciona con la producción física de bienes (salvo el diseño de bajo valor material) ni con actividades de transporte o construcción. Esta distinción es crucial para evitar errores de clasificación fiscal.

Preguntas Frecuentes sobre el Epígrafe 844

A continuación, respondemos algunas preguntas comunes relacionadas con el Epígrafe 844 del IAE:

¿Quién debe darse de alta en el Epígrafe 844?

Deben darse de alta en este epígrafe aquellas personas físicas o jurídicas que realicen de forma habitual cualquiera de las actividades descritas, cuya finalidad principal sea la prestación de servicios de publicidad, marketing, relaciones públicas o comunicación para terceros, ya sea a través de medios tradicionales, digitales o una combinación de ambos. Esto incluye agencias, consultores de marketing, gestores de redes sociales (si su actividad principal es la promoción para clientes), creadores de contenido con fines publicitarios, etc.

¿Qué ocurre si mi actividad combina servicios del 844 con otras cosas?

Si tu actividad principal encaja en el 844, pero también realizas otras actividades significativas que se clasifican en otros epígrafes, deberás darte de alta en todos los epígrafes correspondientes. Por ejemplo, si una empresa diseña páginas web (lo cual podría encajar en otro epígrafe como el 763 - Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática) pero también gestiona campañas de marketing digital para esas webs (que encaja en el 844), probablemente necesitará estar dada de alta en ambos. Es fundamental analizar cada fuente de ingresos y servicio ofrecido.

Si soy autónomo y trabajo desde casa, ¿se aplica la misma cuota?

Las cuotas del Epígrafe 844 se basan en el número de trabajadores. Si eres un autónomo sin empleados a tu cargo, te encuentras en el tramo de "Hasta 10 trabajadores", por lo que tu cuota sería la más baja (180,39 Euros anuales según la tabla proporcionada). La ubicación física de tu negocio (oficina, local, casa) no determina la cuota en este epígrafe.

¿El Epígrafe 844 cubre el diseño gráfico o web?

El diseño gráfico o web *con fines puramente creativos o técnicos* a menudo se clasifica en otros epígrafes (como el 399 para otros profesionales relacionados con las artes gráficas, o el 763 para servicios informáticos). Sin embargo, si el diseño gráfico o web es una parte accesoria de un servicio de marketing o publicidad más amplio (por ejemplo, diseñar los banners como parte de una campaña publicitaria gestionada por tu empresa, o crear una web cuyo modelo de negocio principal es la publicidad), o si tu actividad principal es la venta de diseños de bajo valor material (como se menciona en el punto de venta al por mayor de productos de diseño), entonces podría encajar total o parcialmente en el 844, o requerir alta en ambos epígrafes.

¿Necesito estar dado de alta en el IAE si mis ingresos son bajos?

La obligación de estar dado de alta en el IAE surge desde el momento en que se inicia el ejercicio de una actividad económica de forma habitual. Existe una exención para las personas físicas (autónomos) y las sociedades civiles, sociedades mercantiles y entidades sin personalidad jurídica con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. Sin embargo, *aunque estés exento del pago de la cuota del IAE*, sigues teniendo la obligación formal de darte de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (mediante los modelos 036 o 037) indicando tu epígrafe o epígrafes de actividad.

¿El Epígrafe 844 incluye la gestión de redes sociales?

Sí, si la gestión de redes sociales se realiza con el objetivo principal de promocionar o dar publicidad a terceros (clientes), esta actividad encaja perfectamente dentro del ámbito del marketing y la publicidad cubierto por el Epígrafe 844. Un Community Manager o Social Media Manager que presta servicios a empresas para mejorar su presencia online y promocionar sus productos o servicios debería considerarse dentro de este epígrafe.

Conclusión

El Epígrafe 844 del IAE es el código que identifica fiscalmente a un amplio abanico de actividades relacionadas con la publicidad, el marketing, las relaciones públicas y la comunicación comercial. Desde agencias tradicionales hasta negocios digitales basados en la monetización por publicidad, pasando por servicios de consultoría y promoción. Conocer y aplicar correctamente este epígrafe es vital para cumplir con las obligaciones fiscales en España.

Las cuotas asociadas varían según el tamaño de la empresa, haciendo que la carga fiscal directa del IAE sea progresiva en función del número de empleados. Además, saber cómo consultar tu propio epígrafe a través de la Agencia Tributaria o tus modelos censales (036/037) es un conocimiento básico para cualquier profesional o empresario.

Ante la duda sobre la correcta clasificación de una actividad, especialmente si es novedosa o combina diferentes tipos de servicios, es siempre recomendable consultar con un asesor fiscal. Una correcta clasificación en el IAE es el primer paso para una gestión fiscal eficiente y conforme a la ley.

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